LIMITACION DEL GASTO PUBLICO. MISIONES AL EXTERIOR




Promulgación: 28/12/1988
Publicación: 28/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Los refuerzos de rubros para atender los gastos emergentes de viáticos,
pasajes y partidas especiales de las misiones oficiales al exterior de los
funcionarios de la Administración Central se dispondrán a partir del 1º de
enero de 1989, fijando un monto global anual para cada Secretaría de
Estado de los Incisos 02 al 13 del Presupuesto Nacional.
   El procedimiento de asignación de crédito dispuesto por el artículo 9
de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 se ajustará a lo establecido
en los artículos siguientes.
Referencias al artículo
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