VISTO: el Decreto N° 415/013 de 23 de diciembre de 2013;
RESULTANDO: que por el mismo se autorizó la expropiación del inmueble
Padrón N° 411.249, sito en la 17 Sección Judicial de la ciudad de
Montevideo, con frente a Camino Castro N° 4149, propiedad de la Asociación
de Hijas de la Caridad de San Vicente de Paul, donde funciona el Centro de
Salud Misurraco (ex Centro de Salud Santa Rita);
CONSIDERANDO: I) que la Administración de los Servicios de Salud del
Estado, por nota de 6 de febrero de 2014, expresa que se padeció error al
identificar el inmueble sobre el que se autoriza la expropiación,
perteneciendo la misma al Padrón N° 411.249 (Parte) señalada como Fracción
2 en el plano de Mensura, Expropiación y Remanente del Ingeniero
Agrimensor Manuel Campal, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro
con el N° 31310 el 28 de enero de 1999, con una superficie de 1.192,65
mts.";
II) que de acuerdo a lo expuesto, corresponde ajustar el texto del mismo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: