VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Salud Pública,
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se
comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001.-
RESULTANDO: I) que en planillado anexo a la mencionada Ley de Presupuesto
quedó erróneamente registrado en el Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública" Programa 005 "Administración del Subsidio para la Atención
Médica", Unidad Ejecutora 068 "Administración de los Servicios de Salud
del Estado", el importe total de crédito correspondiente al Proyecto 724
"Mantenimiento de Planta Física".-
II) que corresponde la distribución del mismo en los Programas 005, 006,
007 y 008 de la citada Unidad Ejecutora.-
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos
errores y omisiones.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase en el planillado de Proyectos de Inversión anexo a la Ley Nº
17.296, de 21 de febrero de 2001, en el Inciso 12 "Ministerio de Salud
Pública", Unidad Ejecutora 068 "Administración de los Servicios de Salud
del Estado", la distribución del crédito asignado para el Proyecto de
Inversión Nº 724 "Mantenimiento de Planta Física", Financiación 1.1, para
los años 2002 a 2004, según el siguiente detalle:
(a valores del 1º de enero de 2000)
PROGRAMA 2002 2003 2004
005 -33:489.000,oo -42:123.000,oo -54:712.000,oo
006 10:034.000,oo 12:581.000,oo 16:295.000,oo
007 18:016.000,oo 22:592.000,oo 29:263.000,oo
008 5:439.000,oo 6:950.000,oo 9:154.000,oo