{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "88" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DEL COEFICIENTE DE REAJUSTE DE HABERES DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. ABRIL 1997" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/04/03/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/03/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/04/1997" 
  ,"vistos" : "    Visto: El sistema metodológico de fijación de coeficientes establecido\r\npor el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 5 de julio de 1988;\r\n\r\n   Resultando: I) que por aplicación de lo dispuesto por el artículo 64 de\r\nla Ley 12.801 de 30 de noviembre de 1960, compete al Poder Ejecutivo\r\ndeterminar periódicamente el coeficiente a aplicar a cada país;\r\n\r\n   II) que asimismo, el artículo 41 de la Ley 16.002 de 25 de noviembre de\r\n1988 faculta al Poder Ejecutivo a modificar los límites de variación en\r\nla oportunidad en que se dispongan cambios en los coeficientes vigentes\r\nque surjan de la escala elaborada por la Organización de las Naciones\r\nUnidas;\r\n\r\n   Considerando: I) que debe procederse a fijar los coeficientes que\r\nregirán la liquidación de haberes en el trimestre ABRIL - JUNIO de 1997;\r\n\r\n   II) que la revisión efectuada resulta de tomar como base los índices de\r\najuste por lugar de destino proporcionados por la Organización de las\r\nNaciones Unidas al mes de enero de 1997;\r\n\r\n   Atento: a lo anteriormente expuesto.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/88-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase a partir del 1º de Abril de 1997 los siguientes coeficientes\r\npara determinar el pago de los haberes y partidas complementarias a que\r\ntengan derecho los funcionarios del Servicio Exterior y las Partidas de\r\nGastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas.\r\n\r\nALEMANIA                 2.59  CHECA REP            2.15\r\nARABIA SAUDITA           2.05  CHILE                2.23\r\nARGENTINA                2.48  CHINA POPULAR        2.37\r\nAUSTRALIA                2.20  ECUADOR              1.97\r\nAUSTRIA                  2.54  EGIPTO               2.28\r\nBELGICA                  2.48  ESPAÑA               2.26\r\nBOLIVIA                  1.96  ESTADOS UNIDOS       2.04\r\nBRASIL                   2.67  NUEVA YORK           2.38\r\nBULGARIA                 2.04  FRANCIA              2.42\r\nCANADA                   1.98  PARIS                2.56\r\nCOLOMBIA                 2.35  GRAN BRETAÑA         2.58\r\nCOREA                    2.65  GRECIA               2.07\r\nCOSTA RICA               1.97  GUATEMALA            1.93\r\nCUBA                     1.94  HONG KONG            3.87\r\nEL SALVADOR              1.97  HONDURAS             1.79\r\nHUNGRIA                  2.16  PARAGUAY             1.97\r\nINDIA                    2.07  PERU                 2.24\r\nIRAN                     2.67  POLONIA              2.17\r\nISRAEL                   2.13  PORTUGAL             2.22\r\nITALIA                   2.27  REP. DOMINICANA      2.36\r\nJAPON                    3.50  RUMANIA              2.04\r\nLIBANO                   2.50  RUSSIAN FED.         2.44\r\nMALASIA                  2.14  SANTA SEDE           2.27\r\nMEXICO                   1.90  SUDAFRICA            1.93\r\nN. ZELANDIA              1.86  SUECIA               2.37\r\nPAISES BAJOS             2.38  SUIZA                2.79\r\nPANAMA                   2.11  VENEZUELA            2.09 " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/88-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Asamblea General, previo informe del Tribunal de\r\nCuentas de la República. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/88-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA\r\n " 
 }