IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. REGIMEN DE PAGO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES




Promulgación: 21/12/1988
Publicación: 03/01/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1988
  •    Página: 1182
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Lo establecido en el presente decreto no será aplicable: a las sociedades
anónimas, a las sociedades en comandita por acciones, a los contribuyentes
que inicien actividades a partir del 1º de enero de 1989 y  a los que en
el período enero a diciembre de 1987 hubiesen tenido ingresos superiores a
N$ 12:000.000,00 (nuevos pesos doce millones).
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