{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "871" 
  ,"anioNorma" : 1974 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL DECRETO 813/974, POR EL QUE SE COORDINAN LOS PROGRAMAS DE PRODUCCION, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE SEMILLAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1974/11/08/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/10/1974" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/11/1974" 
  ,"vistos" : " Modifícanse los artículos 4º, 5º y 14 del Decreto Nº 813/974 del 10 de octubre de 1974, disponiéndose que hasta el 10 de noviembre de 1974 se admitirá la inscripción de productores que hayan sembrado semilla certificada siempre que llenen los requisitos exigidos. Realizar los cultivos en chacras libres de sorgo de alepo y balango o avena guacha y efectuar un tratamiento eficaz a las malezas controlables con herbicidas y el contrato estar firmado antes del 31 de mayo de cada año; admitiéndose por este año su firma hasta el 25 de noviembre de 1974. Incorpórase al articulo 17 del referido decreto el otorgamiento al Ministerio de Agricultura y Pesca de la facultad para modificar los límites de pureza fijados cuando las condiciones de la cosecha así lo exijan. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
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