{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "87" 
  ,"anioNorma" : 1991 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION A FUNCIONARIOS A REALIZAR HORAS EXTRAS\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1991/05/06/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/02/1991" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/05/1991" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Estadística y\r\nCensos, relativa a la adecuación de los valores - hora de los servicios\r\nespeciales dispuestos por el artículo 125 de la ley 15.809 de 8 de abril\r\nde 1986.\r\n\r\n   Resultando: I) Que los valores vigentes fueron fijados por el artículo\r\n6º del decreto reglamentario de 26 de noviembre de 1986, modificado por el\r\nartículo 1º del decreto de 9 de agosto de 1989;\r\n\r\n   II) Que el artículo 83 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990,\r\nincorpora a la Dirección General de Estadística y Censos al régimen de\r\n\"Permanencia a la Orden\", lo que incrementa las retribuciones básicas de\r\nsu personal en un 30%.\r\n\r\n   Considerando: I) Que a los efectos de mantener una adecuada relación\r\nentre la dotación total de cada cargo y los valores - hora de los trabajos\r\nespeciales que abonan los usuarios, se estima procedente incrementar estos\r\núltimos en el mismo porcentaje.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por el Art. 125 de la ley 15.809 del 8 de abril\r\nde 1986 y Art. 83 de la ley 16.170 del 28 de diciembre de 1990 y a lo\r\ninformado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Asesoría\r\nJurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                            DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/87-1991/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 780/986 de 25/11/1986 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/780-1986/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/87-1991/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Los montos expresados en el artículo precedente, corresponden a valores\r\nde diciembre de 1990. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/87-1991/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.- " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA\r\n " 
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