{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "87" 
  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PLAZO PARA LA REGISTRACION DE LOS PERMISOS DE IMPORTACION DE CEREALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1985/06/26/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/02/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/06/1985" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1985 
  ,"pagina" : 860 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: el decreto de fecha 15 de febrero de 1985.\r\n\r\n   Resultando: que por dicho decreto se prorrogó hasta el 15 de marzo de\r\n1985 el plazo concedido por el artículo 2º, del decreto 433/984. de 4 de\r\noctubre de 1984, para el despacho e introducción al país de las partidas\r\nde maíz (NADI 10.05.89.01 y 10.05.89.99), que se importen al amparo del\r\ndecreto citado y cuyos permisos de importación hayan sido numerados y\r\nregistrados en la Dirección Nacional de Aduanas hasta el 15 de febrero de\r\n1985 inclusive.\r\n\r\n   Considerando: que circunstancias operativas impiden que la mercadería\r\npueda ser introducida al país dentro del plazo anteriormente previsto.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/87-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase hasta el 28 de febrero de 1985, inclusive, el plazo\r\ndeterminado para la numeración y registro en la Dirección Nacional de\r\nAduanas de los Permisos de Importación de las partidas de maíz (NADI\r\n10.05.89.01 y 10.05.89.99) cuyo despacho e introduccion se efectue al\r\namparo del decreto de fecha 15 de febrero de 1985.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/87-1985/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publiquese y archivese\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ADDIEGO BRUNO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - CARLOS A. MAESO - FILIBERTO\r\nGINZO GIL - CARLOS MATTOS MOGLIA\r\n " 
 }