El Presidente y el Secretario de la Comisión Paritaria están encargados
de llevar un Libro de Sesiones, en que consten todos los temas tratados y
las resoluciones adoptadas, el que será rubricado por el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social toda vez que practique inspección en el
establecimiento para asegurar la regularidad de las sesiones y de los
asuntos tratados.