{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "867" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DEL PLAZO DE PROHIBICION DEL USO DE REDES DE PLAYA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/11/28/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/11/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/11/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1346 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 622/980 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 26/11/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/622-1980/9\" >9</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "                            AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\nVisto: el decreto 581/974, de 11 de julio de 1974.\r\n\r\nResultando: I) El artículo 1º del aludido decreto prohibe, en el lapso\r\ncomprendido entre el 1º de diciembre de cada año y el 31 de mayo del año\r\nsubsiguiente, el uso de redes de playa tiradas a mano o por cualquier otro\r\nmedio, en las costas del Río de la Plata y aguas adyacentes de los\r\nDepartamentos de Montevideo, Canelones y Maldonado;\r\n\r\nII) La norma relacionada ha tenido por objeto primario preservar a las\r\ntallas juveniles de corvina blanca y su fauna acompañantes, que han\r\nevidenciado estar sometidas a sobrepesca.\r\n\r\nConsiderando: las investigaciones biológicas realizadas en el área, hacen\r\naconsejable ampliar prudencialmente el período de prohibición del uso de\r\nredes de playa de modo de lograr plenamente los designios perseguidos.\r\n\r\nAtento: a lo preceptuado en los artículos 7º, 15º y 23º de la ley 13.833,\r\nde 29 de diciembre de 1969 y a la proposición e informes del Servicio\r\nOceanográfico y de Pesca y de la Junta Nacional de Pesca sobre el\r\nparticular,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/867-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 867/975 de 13/11/1975 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/867-1975/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/867-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 867/975 de 13/11/1975 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/867-1975/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   BORDABERRY - JULIO EDUARDO AZNAREZ - WALTER RAVENNA " 
 }