DEFENSA DE LA COMPETENCIA EN EL COMERCIO




Promulgación: 28/02/2001
Publicación: 20/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 515
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículos 157 Derogada/o y 158 Derogada/o,
      Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículos 13 Derogada/o, 14 Derogada/o y 15 Derogada/o.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II

Artículo 3

 Si el procedimiento se iniciare de oficio, se procederá a una relación 
de los hechos y los fundamentos que los motivaron.-
Si comienzan por denuncia, ésta deberá contener: la identificación del 
denunciante y su domicilio, el objeto de la denuncia, los hechos y el 
derecho en que se funda, acreditándose los extremos exigidos por la ley y 
acompañándose los medios probatorios que estuvieren a su alcance.-
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