{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "854" 
  ,"anioNorma" : 1971 
  ,"nombreNorma" : "TRIBUTOS. FACILIDADES DE PAGO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1971/12/23/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/12/1971" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/12/1971" 
  , "vistos" : " Establécese procedimientos para que el Banco de la República Oriental del\r\nUruguay (BROU) realice la apertura de una línea de crédito del saldo \r\ndeudor de los contribuyentes que han obtenido facilidades de pago ante la\r\nDirección General Impositiva (DGI), a efectos de facilitar la liquidación \r\nde deudas por impuestos, multas, recargos y demás sanciones. " 
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