{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "85" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DE LAS DISPOSICIONES POR LAS QUE SE AUTORIZO LA IMPORTACION DE DURAZNOS FRESCOS Y PULPA PARA INDUSTRIALIZAR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/03/13/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/02/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/03/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 287 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el decreto 76/980, de 11 de febrero de 1980 y la resolución de 27\r\nde junio de 1980, por los que se autorizó la entrada al país de duraznos\r\nfrescos y pulpa de duraznos para industrializar.\r\n\r\n  Resultando: que a su amparo se ha estado introduciendo duraznos y pulpa\r\nde duraznos, lo que ha permitido la actividad normal de las empresas\r\ndedicadas a la elaboración de los mismos, debido a la escasez de la\r\ncosecha de la zafra 1979-1980.\r\n\r\n  Considerando: que quedando un excedente autorizado por las disposiciones\r\nmencionadas y en virtud de la abundante cosecha de la presente zafra, no\r\nse dan las condicionantes para que se mantengan dichas disposiciones en\r\nvigencia.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por los Ministerios de Agricultura y Pesca e\r\nIndustria y Energía y la Asesoría Económico-Financiera del Ministerio de\r\nEconomía y Finanzas,\r\n\r\n               El Presidente de la República,\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/85-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase el decreto 76/980, de 11 de febrero de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/85-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Déjase sin efecto la resolución de fecha 27 de junio de 1980, por la\r\nque se autorizó a la firma Domingo Masaro S.A., a importar hasta 300\r\ntoneladas de pulpa de durazno, exoneradas de recargos, excluido el mínimo\r\ndel 10%.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/85-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES - FELIX E.\r\nZUBILLAGA GOLDARAZ\r\n " 
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