DELIMITACION DE ZONAS DEL TERRITORIO NACIONAL SOMETIDAS A RESERVA MINERA. ARTIGAS




Promulgación: 14/12/1988
Publicación: 16/02/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1988
  •    Página: 1086

Artículo 2

     La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de
la fecha y comprenderá la totalidad de los  yacimientos existentes en  el
área mencionada, cometiéndose la realización de las labores a la Dirección
Nacional de Minería y Geología.
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