{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "848" 
  ,"anioNorma" : 1974 
  ,"nombreNorma" : "OBLIGACION DE FORMULAR UNA DECLARACION JURADA DE EXISTENCIAS POR PARTE DE LOS TENEDORES DE PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1974/11/05/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/10/1974" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/1974" 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#0000FF\">Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):</font></b> Decreto Nº 965/974 de \r\n28/11/1974 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/965-1974/1\" >1</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " Dispóngase que los tenedores a cualquier título, de plaguicidas de uso agrícola, deberán formular una declaración jurada de existencias y que la venta no podrá efectuarse sino con la previa presentación de un certificado de necesidad expedido por la Dirección General de los Servicios Agronómicos, mientras dure el estado de emergencia. " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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  ,"firmantes" : "  " 
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