{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "846" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "DELIMITACION DE ZONAS DEL TERRITORIO NACIONAL SOMETIDAS A RESERVA MINERA. COLONIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/02/15/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/12/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/02/1989" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 1083 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Minería y\r\nGeología, respecto a áreas de interés prospectivo en granito ornamental en\r\nel departamento de Colonia, en ejecución del Inventario Minero Nacional;\r\n\r\n  Resultando: que la zona a estudiar presenta las características de\r\naquéllas que contienen yacimientos con alto potencial productivo;\r\n\r\n  Considerando: que corresponde decretar Reserva Minera de dicha área, a\r\nefectos de amparar las labores que realice el Estado de conformidad con lo\r\nprevisto por los artículos 51 y siguientes del Código de Minería;\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/846-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Dispónese la Reserva Minera sobre el área de los inmuebles del\r\nTerritorio Nacional que se detallan a continuación:\r\n\r\nZona XXVI - Padrones Nº 1660, 1736, 1682, 1824, 1825, 1826, 1827, 1832,\r\n1836, 1837, 1838, 1842, 1843, 1844, 1845, 1847, 1848, 1849, 1850, 1851,\r\n1852, 1853, 1861, 1862, 1863, 1865, 1854, 1858, 1860, 1896, 5539, 6155,\r\n6156, 6157, 6158, 6159, 8896, 8897, 8956, 8957, 10180, todos de la Tercera\r\nSección Judicial del departamento de Colonia.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/846-1988/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/846-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "     La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de\r\nla fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de granito\r\nornamental existentes en el área mencionada, cometiéndose la realización\r\nde las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/846-1988/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/846-1988/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN\r\n " 
 }