{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "84" 
  ,"anioNorma" : 1996 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE LA COMISION COORDINADORA PARA LA CONSTRUCCION DEL COMPLEJO DE SALAS Y ESPECTACULOS DEL SODRE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1996/03/22/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/03/1996" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/03/1996" 
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  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1996 
  ,"pagina" : 605 
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  ,"vistos" : "   Visto: la conveniencia de constituir una Comisión que coordine los\r\ntrabajos de construcción de las obras del Complejo de Espectáculos del\r\nServicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE);\r\n\r\n  Resultando: I) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 8 de\r\nmarzo de 1989 se adjudicó la ejecución de la primera etapa de las obras\r\nmencionadas, a la oferta presentada por la empresa Alvaro Palenga S.A. en\r\nla Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 25/98; suscribiéndose el\r\nrespectivo contrato de Obra Pública con fecha 15 de noviembre de 1989.\r\n\r\nII) que dificultades de financiamiento imposibilitaron que la realización\r\nde los trabajos se conformara con el cronograma de obras aprobado por\r\nresolución del 8 de noviembre de 1989, y determinaron que el Ministerio de\r\nEducación y Cultura con fecha 3 de marzo de 1995 celebrara Convenio con la\r\nempresa Alvaro Palenga S.A., con el propósito de contemplar el estado de\r\nsituación de las obras del Complejo y los extremos contractuales\r\ninvolucrados.\r\n\r\nIII) que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de setiembre de\r\n1995 se autorizó al Ministerio de Educación y Cultura a suscribir con la\r\nempresa Alvaro Palenga S.A. un convenio modificativo del celebrado el 3 de\r\nmarzo de 1995, por el cual se acuerda reanudar, a partir del 15 de\r\nsetiembre de 1995, la ejecución de la obra \"Complejo de Salas de\r\nEspectáculos\" del S.O.D.R.E.\r\n\r\n  Considerando: I) que es propósito de la Administración concretar la\r\ncontinuación de las obras de construcción del \"Complejo de Salas de\r\nEspectáculos\" del SODRE.\r\n\r\nII) que a fin de coordinar el proceso de construcción de la obra, se \r\nrevela oportuno constituir una Comisión que instrumente los mecanismos que sean menester para asegurar un sostenido avance en la ejecución de los\r\ntrabajos, obligaciones contractuales.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto;\r\n\r\n                        El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase una Comisión Coordinadora para las obras de construcción del\r\n\"Complejo de Salas de Espectáculos\" del SODRE, que estará integrada de la\r\nsiguiente forma: un delegado del Ministerio de Educación y Cultura que\r\nserá representado por un integrante del Consejo Directivo del SODRE quien\r\npresidirá la Comisión que se crea por el presente Decreto, un delegado de\r\nla Presidencia de la República, un delegado del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas, dos delegados del SOBRE, dos delegados del Ministerio de\r\nTransporte y Obras Públicas y un delegado por la Dirección de Obra, quien\r\npodrá participar con todos o parte de sus técnicos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Sin perjuicio de las atribuciones que a cada entidad de las que se\r\nmencionan, correspondan por aplicación de lo dispuesto por el Decreto Nº\r\n574/974 del 12 de julio de 1974, serán cometidos de la Comisión\r\nCoordinadora:\r\na) Coordinar todas las actividades tendientes a la realización de las\r\nobras de construcción del Complejo de Espectáculos SODRE.\r\nb) Adoptar las medidas tendientes a la adecuada ejecución del cronograma\r\nal que se ajustarán los trabajos, con el objeto de optimizar el\r\nrendimiento de la inversión.\r\nc) Velar por el puntual cumplimiento de las obligaciones contractuales.\r\nd) Remitir información sobre el avance físico y financiero de las obras al\r\nConsejo Directivo del SODRE y demandar del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto las instrucciones y\r\ndecisiones necesarias para que los mencionados avances se procesen en\r\nforma coordinada.\r\ne) Efectuar los estudios que estime convenientes para la mejor realización\r\nde la obra.\r\nf) Participar en las tareas de control administrativo durante la ejecución\r\nde las obras.\r\ng) Arbitrar las medidas conducentes a imprimir la mayor celeridad a los\r\nprocedimientos administrativos implicados en la ejecución de la obra.\r\nh) Proponer proyectos de decretos y resoluciones relativos a sus\r\ncometidos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Comisión Coordinadora en el cumplimiento de sus cometidos funcionará\r\nen la órbita del Consejo Directivo del SODRE.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Las propuestas de la Comisión Coordinadora que refieran a\r\nmodificaciones de la normativa o cláusulas contractuales vigentes, serán\r\ninmediatamente llevadas a consideración del Consejo Directivo del SODRE.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Con fines de asesoramiento y coordinación de actividades la Comisión\r\nCoordinadora podrá solicitar la participación en su seno de delegados,\r\nfuncionarios asesores o consultores, de organismos públicos y entidades\r\nprivadas, que por la naturaleza de los temas a considerar puedan prestar\r\nsu colaboración a las actividades de la Comisión.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Todas las personas públicas y Organos del Estado prestarán a la\r\nComisión Coordinadora la máxima colaboración para el cumplimiento de sus\r\ncometidos. A tales efectos la Comisión podrá dirigirse directamente, a\r\ntodos los organismos públicos, así como a instituciones privadas,\r\nnacionales, extranjeras e internacionales, para recabar y recibir informes\r\ny documentos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase el Decreto Nº 180/987 de 27 de marzo de 1987.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "8" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/84-1996/8" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - SAMUEL LICHTENSZTEJN - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - LUCIO\r\nCACERES\r\n " 
 }