Visto: la cooperación ofrecida a la República Oriental del Uruguay
por parte del Gobierno de los EE.UU., a través del Comando del Ejército
de ese país destacado en Panamá, para la construcción de perforaciones
con fines de riego en predios granjeros;
Resultando: I) para la concreción de la cooperación el Gobierno
Americano ingresará al país los equipos, vehículos y maquinarias
necesarias para la construcción de los pozos, así como las tuberías y
bombas y demás accesorios que a título de donación quedarán incorporados
en los pozos; II) el equipo y materiales ya se encuentran embarcados y
arribarán a nuestro país en los primeros días de marzo del corriente
año;
Considerando: I) conveniente autorizar la introducción de los
vehículos, equipos y maquinaria en régimen de admisión temporaria por un
lapso de 120 días;
II) necesario, además, disponer la exoneración del pago de todos los
tributos a la importación, recargos, incluso el mínimo, recargos
adicionales, tasas consulares, impuesto aduanero a la importación y Tasa
de Movilización de Bultos, a la importación de los materiales, tuberías,
etc.
Atento: a lo dispuesto por los decretos de fecha 18 de junio y 30 de
julio de 1943 y por la ley 12.670,de 17 de diciembre de 1959, el Art.
524 del decreto ley 14.189, de 30 de abril de 1974 el artículo 4º inciso
B y Art. 27 del decreto ley 14.629 de 5 de enero de 1977, el primero con
la redacción dada por el artículo 2º del decreto ley 14.988, de 7 de
enero de 1980,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a realizar
los trámites de importación, en régimen de admisión temporaria por el
término de 120 días de los equipos, vehículos, maquinarias y accesorios
necesarios para la construcción de perforaciones de alumbramiento de aguas
subterráneas, que a continuación se detallan:
TCN - W81 CLO2O3OXGO 1 XXX - MODEL 998
UTILITY TRUCK 1 1/4 TNS. CUBE: 611 CFT
SN: 114406 USA# NG3VHK
TCN - W81 CLO2O3OXGO2XXX - MODEL M35A2
CARGO TRUCK 2 1/5 TNS. CUBE: 1473 CFT
SN: 0125 - 14007 USA# 4G7820
TCN - W81 CLO2O3OXGO3XXX - MODEL M1954
SPTTRUCK CUBE: 2295 CFT
SN: JH54O5l0 USA# 671866
TCN - W81 CLO2O3OXGO4XXX - MODEL LP-12
WELL DRILLING RIG CUBE: 2240 CFT
SN:KH661197 USA# 907038
TCN - W81 CLO2O3OXGO5XXX - MODEL M55A2
CARGO TRUCK 5 TNS. CUBE: 2654 CFT
SN: 9522 - 10142 USA# 5F511
TCN - W81 CLO2O3OXGO6XXX - MODEL FLU 149
WHEELED EXCAVATOR TRACTOR CUBE: 1417 CFT
SN: 450532 USA# UCO 5LP
TCN - W8lCLO2O3OXGO7XXX - MODEL M93l
TRUCK CUBE: 1423 CFT
SN: C53lOOOl3
TCN - W81CLO2O3OXGO8XXX - MODEL M172A1
SEMITRAILER 25 TNS. W/MILVAN & MEP OO4A
l5KW GENERATOR
TCN - W8lCLO2O3OXGO9XXX - MODEL M998
UTILITY TRUCK 1 l/4 TNS. CUBE: 1151 CFT
WITH SHELTER
SN: 11492 USA# NG4OWZ
TCN - W81CLO2O3OXGOlOXXX - MODEL PU - 620/M
GENERATOR SET - TRAILER MOUNTED
SN: 1061 CUBE: 466 CFT
TCN - W81CLO2O3OXGO11 XXX -
LOMBOY W/MILVAN CUBE: 4105 CFT
A estos efectos se faculta a la Dirección Nacional de Aduanas a
otorgar los permisos y adoptar las disposiciones pertinentes para la
referida introducción en admisión temporaria.