CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 18 INDUSTRIA MOLINERA PANADERIAS Y FABRICACION DE PASTAS FRESCAS. SUBGRUPO MOLINOS DE YERBA




Promulgación: 15/12/1986
Publicación: 27/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

     Establécese que los precios de los bienes y/o servicios de la 
actividad privada no podrán ser incrementados en más del 17% (diecisiete por ciento) de la incidencia de los salarios en la estructura de costos 
de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.
Ayuda