FIJACION DE ASIGNACION FAMILIAR. ENERO 1991




Promulgación: 08/02/1991
Publicación: 12/03/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: Lo dispuesto por el inciso final del artículo 2º del decreto
ley 15.084 del 28 de noviembre de 1980.

   Resultando: que de conformidad con lo establecido en la mencionada
norma, el Poder Ejecutivo está facultado para fijar los montos unitarios
de Asignaciones Familiares que sirve el Banco de Previsión Social.

   Considerando: que corresponde adecuar los referidos montos ya que se ha incrementado a partir del 1ro. de enero de 1991 el Salario Mínimo Nacional, fijado por decreto 14/991 de fecha 14 de enero de 1991.

   Atento: a lo expuesto precedentemente,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en N$ 10.665,00 (nuevos pesos diez mil seiscientos cincuenta y
cinco) la asignación familiar que por hijo y por mes corresponde servir al
Banco de Previsión Social, desde el 1º de enero de 1991, cualquiera sea el
número de hijos o menores a cargo, ya se trate de prenatales, preescolares, estudiantes que cursen estudios primarios, secundarios,
preparatorios o aprendizaje de oficios.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.-

LACALLE HERRERA - CARLOS A. CAT - ENRIQUE BRAGA SILVA
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