{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "829" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. TRABAJADORES RURALES. OCTUBRE 1988" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1988/12/14/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/12/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/12/1988" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 1004 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: el decreto 762/988 de fecha 9 de noviembre de 1988, por el que\r\nse fijaron los salarios para los trabajadores rurales, a partir del 1\r\nde octubre de 1988.\r\n\r\n    Resultando: que se padeció error al establecer el jornal diario de la\r\ncategoría de peón chacarero con retribución sin especies.\r\n\r\n    Considerando: que corresponde rectificar el monto salarial de dicha\r\ncategoría.\r\n\r\n    Atento: a lo precedentemente expuesto,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/829-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Rectifíquese el artículo 2 del decreto 762/988 de fecha 9 de noviembre\r\nde 1988, que refiere al jornal diario de peón chacarero sin especies,\r\ndeterminándose que el mismo queda establecido en la suma de N$ 1.738\r\n(nuevos pesos un mil setecientos treinta y ocho).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/829-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA - PEDRO BONINO\r\nGARMENDIA\r\n " 
 }