La habilitación definitiva deberá renovarse anualmente, presentando un
certificado extendido por un veterinario de libre ejercicio registrado en
la División Sanidad Animal, que acredite el mantenimiento de los
requisitos sanitarios de habilitación. Los establecimientos que no
obtengan la renovación anual de habilitación, serán suspendidos del
Registro y no podrán comercializar sus productos.