DETERMINACION DE LA FORMA DE PRESENTACION DE BALANCES TIPOS PARA LAS SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 22/12/1976
Publicación: 07/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1494
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Este requisito es obligatorio para dichas empresas cualquiera sea su
naturaleza jurídica. Quedan exceptuados de esta obligación los Bancos,
Cajas Populares, Casas Bancarias y las sociedades incluidas en el artículo
7º de la ley 11.073 de 24 de junio de 1948.
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