FIJACION COMO UNICOS JUEGOS DE AZAR EXPLOTABLES EN LOS CASINOS DEL ESTADO, LOS DE RULETA, PUNTA Y BANCA, CABALLITOS Y JUEGOS DE DADOS




Promulgación: 17/10/1974
Publicación: 29/10/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Modifícase el artículo 1º del Decreto de fecha 24 de enero de 1961 
fijándose como únicos juegos de azar explotables en los Casinos del 
Estado los de la Ruleta, Punto y Banca, Caballitos y las diversas 
variaciones de Juegos de Dados.

Artículo 1



		
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