MODIFICACION DEL ART. 70 DEL DECRETO 148/007, RELATIVO AL REGIMEN DE RETENCION DEL IRPF, APLICABLE A LOS TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCION




Promulgación: 29/04/2026
Publicación: 12/05/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el régimen de retenciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) aplicable a los trabajadores de la construcción;

   RESULTANDO: I) que el mencionado régimen prevé la forma en que deben realizarse las retenciones del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por parte de los responsables, en el caso de los trabajadores de la construcción comprendidos en el Decreto-Ley N° 14.411, de 7 de agosto de 1975;

   II) que, por aplicación del precitado Decreto-Ley, dichos trabajadores perciben simultáneamente rentas del trabajo por parte de sus empleadores y del Banco de Previsión Social (BPS), con lo que se trata de situaciones de ingresos múltiples;

   CONSIDERANDO: que es necesario ajustar el referido régimen;

   ATENTO: a lo establecido en el artículo 70° del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 
artículo 70 inciso 2º).

Artículo 2

   Comuníquese y archívese.

   YAMANDÚ ORSI - GABRIEL ODDONE
Ayuda