FARMACIAS. FIJACION DE HORARIOS DE FARMACIAS DE PRIMERA Y TERCERA CATEGORIA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 17/02/1987
Publicación: 23/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 136

Artículo 4

   Las Farmacias de Turno, permanecerán abiertas en forma permanente desde
la apertura general si no realizan Servicio Nocturno, hasta las 22 horas,
desde el 15 de marzo al 14 de noviembre inclusive y hasta las 23 horas
desde el 15 de noviembre hasta el 14 de marzo inclusive, manteniendo la
cruz de turno encendida.
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