FARMACIAS. FIJACION DE HORARIOS DE FARMACIAS DE PRIMERA Y TERCERA CATEGORIA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 17/02/1987
Publicación: 23/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 136

Artículo 18

 Los casos no previstos en la materia objeto de esta Reglamentación, serán
resueltos por la División Química y Medicamentos del Ministerio de Salud
Pública, poniendo en conocimiento a las Asociaciones correspondientes, las
que proporcionarán toda la información que aquélla les solicite.
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