FARMACIAS. FIJACION DE HORARIOS DE FARMACIAS DE PRIMERA Y TERCERA CATEGORIA DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 17/02/1987
Publicación: 23/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 136

Artículo 11

  En los días feriados oficiales, permanecerán abiertas únicamente las
Farmacias de Turno.

  Durante las semanas de Carnaval y Turismo, las Farmacias que no estén
cumpliendo turno, podrán optar entre permanecer cerradas o abiertas.
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