MODIFICACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 12/015 RELATIVO AL REGIMEN DE DEVOLUCION DEL IVA APLICABLE A LAS OPERACIONES QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 15/03/2016
Publicación: 31/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 12/015 de 13 de enero de 2015, el cual incorporó en forma temporal al régimen de devolución del Impuesto al Valor Agregado establecido en el Decreto N° 378/012 de 23 de noviembre de 2012, el paso de frontera de la ciudad de Chuy.

   RESULTANDO: que el Decreto N° 121/015 de 4 de mayo de 2015, prorrogó la vigencia de esta medida hasta el 30 de abril de 2016, dado que se presentó una favorable respuesta en relación a la misma.

   CONSIDERANDO: conveniente extender el período de funcionamiento del mencionado puesto de devolución, debido a los resultados obtenidos.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006, en la redacción dada por el artículo 3° de la Ley N° 18.999 de 15 de noviembre de 2012,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 12/015 de 13/01/2015 
artículo 1 inciso 2º).

   TABARÉ VÁZQUEZ - PABLO FERRERI
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