APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1983




Promulgación: 11/03/1983
Publicación: 04/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 255
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LOS INCISOS 1 AL 26

Artículo 22

  El Ministerio de Transporte y Obras Públicas deberá comunicar
mensualmente a la Contaduria General de la Nación, las imputaciones que
realice con cargo a asignaciones presupuestales de inversión.

Cuando ejecute proyectos de otros Incisos. ya sea por administración o
por contrato, les deberá brindar la información que conjuntamente
determinen la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y la
Contaduría General de la Nación.
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