APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1983




Promulgación: 11/03/1983
Publicación: 04/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 255
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LOS INCISOS 1 AL 26

Artículo 20

  El producido de la venta de todo tipo de activos se podrá destinar a
cualquier inversión la que debera estar incluida en el Plan de
Inversiones.

Los fondos respectivos deberan ser acreditados en la Cuenta Nº 217
"Cuentas Corrientes Oficiales" en la subcuenta correspondiente.
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