{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "809" 
  ,"anioNorma" : 1986 
  ,"nombreNorma" : "SERVICIO EXTERIOR - FRANQUICIAS DIPLOMATICAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/04/23/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/12/1986" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/04/1987" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1986 
  ,"pagina" : 809 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/809-1986?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "     Visto: el actual régimen de franquicias regulado por el decreto\r\n99/986, de 13 de febrero de 1986.\r\n\r\n    Considerando: I) Que es conveniente modificar el  referido  decreto\r\nadecuándolo a situaciones que la realidad de los hechos hace necesario\r\ncontemplar;\r\n\r\nII) Que es este sentido resulta prcedente ampliar  el marco  de las\r\nexenciones otorgando mayores facilidades a los Jefes de Misiones\r\nPermanentes, a los Representantes Permanentes de los Organismos\r\nInternacionales acreditados ante el Gobierno de la República y a los\r\nRepresentantes residentes, cuando no sean ciudadanos uruguayos, de\r\nfiliales de Organizaciones Internacionales no gubernamentales de carácter\r\nprivado y sin fines de lucro, que revisten la naturaleza jurídica de\r\nFundaciones y hayan sido declarados de interés por el Poder Ejecutivo en\r\nAcuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores.\r\n\r\n    Atento: a lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.\r\n\r\n                   El Presidente de la República,\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 365/991 de 16/07/1991 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/365-1991/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 809/986 de 09/12/1986 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/809-1986/1\" >1</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/2" 
 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 99/986 de 13/02/1986 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/99-1986/55\" >55</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Los Representantes residentes que no sean ciudadanos uruguayos, de\r\nfiliales con sede en la República de Organizaciones Internacionales no\r\ngubernamentales de carácter privado y sin fines de lucro, que revisten la\r\nnaturaleza jurídica de Fundaciones y hayan sido declaradas de interés por\r\nel Poder Ejecutivo gozarán en lo pertinente, de los privilegios concedidos\r\nen el Título I de la Sección I del Capítulo I del decreto 99/986, de 13 de\r\nfebrero de 1986, incluido el beneficio que otorga el inciso 2º del\r\nartículo 8 de dicho decreto.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/4" 
 ,"textoArticulo" : "     El Ministerio de Relaciones Exteriores llevará un registro especial de\r\nlos funcionarios pertenecientes a las Instituciones a que refiere la\r\ndisposición precedentes a los efectos del contralor de los privilegios que\r\nse establecen en el presente decreto.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/809-1986/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ENRIQUE V. IGLESIAS - ANTONIO MARCHESANO - LUIS MOSCA - JUAN\r\nVICENTE CHIARINO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN -\r\nHUGO FERNANDEZ FAINGOLD - RAUL UGARTE ARTOLA - RICARDO LOMBARDO - ALFREDO\r\nSILVERA LIMA\r\n " 
 }