Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 9 de octubre de 1985.
Resultando: I) Que por el artículo 1 de la precitada norma
reglamentaria se fija en N$ 300,00 (nuevos pesos trescientos) la venta de
la Planilla de Control del Trabajo (Original y copias);
II) Que asimismo, por el artículo 2 se establece que tal disposición
tiene vigencia a partir del 1 de octubre de 1985.
Considerando: que por razones de oportunidad, en la presente instancia
corresponde proceder a modificar la fecha en que comenzarán a regir los
nuevos valores del Documento de Contralor del Trabajo.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA: