{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "80" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "CESE DE ACTIVIDAD DE LA BOLSA DE TRABAJO PARA PANADERIAS. MONTEVIDEO. MARZO 1983" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/03/22/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/03/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/03/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 254 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: lo dispuesto por el artículo 16 de la ley 15.180, de 2O de agosto\r\nde 1981, en cuanto a la derogación de las normas que establecieron\r\nbolsas de trabajo.\r\n\r\nResultando: I) Que la Bolsa de Trabajo para las Panaderías del\r\ndepartamento de Montevideo fue creada por la ley 13.484 de 21 de julio\r\nde 1966, con los cometidos de confeccionar los registros de obreros de\r\ncuadra, titulares y aspirantes y administrar la oferta y la demanda de\r\ntrabajo.\r\n\r\nII) Que el local, útiles y personal requeridos para el funcionamiento de\r\nla Bolsa fue suministrado por la ex-Caja de Asignaciones Familiares Nº\r\n34, quien adelantó además los fondos necesarios a restituirse por el\r\nFondo de Recursos previsto por los artículos 1º, 9º y 10 de la ley\r\ncitada, una vez que éste se hubiera integrado;\r\n\r\nIII) Que dicho Fondo de Recursos estaba constituido, por el producido\r\ndel pago de las boletas de las efectividades o suplencias tramitadas\r\nante la Bolsa, las multas por infracción a la ley y el aporte patronal\r\ndel 5% (cinco por ciento) sobre la nómina de salarios pagados.\r\n\r\nConsiderando: que en virtud de la derogación operada, deben articularse\r\nlas soluciones concretas que determinen el cese de actividades de la\r\nBolsa de Trabajo para las Panadeiías del departamento de Montevideo.\r\n\r\nAtento: a los fundamentos expuestos y las normas citadas,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Dispónese que a partir del día 15 de marzo de 1983, cese la actividad de\r\nla Bolsa de Trabajo para las Panaderías del departamento de Montevideo.\r\n(*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/80-1983/6\" >6</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Agradécense al señor Interventor de la misma señor Joaquín Aguirre\r\nCalera, los importantes servicios prestados.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Incorpóranse al Fondo de la Seguridad Social los saldos y créditos\r\npertenecientes a la Bolsa. A ese fin, se efectuarán las intervenciones\r\ncontables y los traspasos de fondos y cuentas que correspondan.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/4" 
 ,"textoArticulo" : "   La documentación perteneciente a la Bolsa pasará a formar parte de los\r\nregistros y archivos de la Dirección General de la Seguridad Social.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/5" 
 ,"textoArticulo" : "   La Dirección General de la Seguridad Social continuará hasta su\r\nterminación los procedimientos administrativos y judiciales de la Bolsa,\r\nque se encuentren en trámite.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/6" 
 ,"textoArticulo" : "   Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para tomar las\r\ndecisiones que correspondan a los efectos de dar cumplimiento a lo\r\ndispuesto por el artículo 1º del presente decreto, así como para disponer\r\nel servicio al que será afectado el inmueble sede de la Bolsa y dar\r\ndestino a su mobiliario y útiles.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1983/7" 
 ,"textoArticulo" : "  Publíquese, comuníquese. etc\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - LUIS A. CRISCI\r\n " 
 }