{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "80" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/02/27/27" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/02/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/02/1981" 
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  "tomo" : "1" 
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  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 281 
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  ,"vistos" : "   Visto: las gestiones iniciadas por el Departamento de Comercio de los\r\nEstados Unidos, relativas a subsidios otorgados por el Uruguay a las\r\nexportaciones de prendas de cuero destinadas a aquel país.\r\n\r\n  Resultando: que la referida gestión tuvo como derivación la discusión\r\nsobre el contenido del decreto 438/980, de 13 de agosto de 1980 y sobre su\r\naceptación por los signatarios del Código de Subsidios del GATT.\r\n\r\n  Considerando: I) Que es necesario adecuar el marco de referencia, para\r\nlas inversiones exportadoras, de manera que no enfrenten problemas\r\nderivados de represalias comerciales por parte de los signatarios del\r\nCódigo de Subsidios del GATT;\r\n\r\nII) Que estimándose igualmente conveniente definir la política de\r\nreintegros que acompañe la reforma arancelaria en curso, durante el año\r\n1982 se procederá a la negociación, con los países adherentes al Código de\r\nSubsidios, de un programa de reintegros que refleje la evolución de la\r\nsituación económica nacional.\r\n\r\n  Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n                 El Presidente de la República,\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Todos los reintegros vigentes al 31 de diciembre de 1981, serán\r\nextendidos hasta el 30 de noviembre de 1982.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Deróguese lo dispuesto por los artículo 2º, 3º y 4º del decreto\r\n438/980, de 13 de agosto de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/80-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES\r\n " 
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