{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE PARTIDAS PRESUPUESTALES DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE SORIANO. EJERCICIO 1983" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1985/01/31/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/01/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "31/01/1985" 
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  ,"vistos" : "  Visto: la gestión de la Administración Municipal de Soriano por la cual\r\nse propone una Modificación Presupuestal para el ejercicio 1983.\r\n\r\n Resultando: I) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión\r\nha dado su aprobación en forma excepcional a estas ampliaciones\r\npresupuestales, considerándolas una adecuación de rubros en virtud de que\r\nse trata de un ejercicio ya ejecutado.\r\n\r\n II) Que el Tribunal de Cuentas en Acuerdo de fecha 6 de setiembre de 1984\r\nha emitido su dictamen constitucional expresando que: a) la norma\r\nproyectada por la cual se propone actualizar los tributos y multas\r\nexpresados en valores fijos en setiembre de cada año, en base a la\r\nvariación que experimente el Indice General de Precios del Consumo,\r\nconfeccionada por la Dirección General de Estadística y Censos en los doce\r\nmeses anteriores, constituye una actualización automática de recursos, lo\r\nque contradice lo dispuesto por el Decreto Constitucional Nº 3 de 1º de\r\nsetiembre de 1976 que suspendió la potestad tributaria municipal;\r\n\r\n b) en lo referente a las partidas proyectadas para 1983, más que una\r\nmodificación presupuestal, implican una regularización contable por lo que\r\ncorresponde que este Cuerpo se expida en el momento de considerar la\r\nrespectiva Rendición de Cuentas.\r\n\r\n Considerando: I) Que el presupuesto se encuentra equilibrado en ingresos\r\ny egresos por lo que de no obtenerse los recursos previstos deberán\r\nabatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n\r\n II) Que el proyecto de Modificación Presupuestal entrará en vigencia una\r\nvez vencido el Ejercicio para el cual fue proyectado, por lo cual las\r\nobservaciones realizadas por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión y el Tribunal de Cuentas deberán ser tenidas en cuenta para el\r\nfuturo;\r\n\r\n III) Que no obstante lo expresado en el Considerando anterior los montos\r\nproyectados constituirán para el futuro las nuevas partidas\r\npresupuestales, conforme a lo dispuesto por el artículo 228 de la\r\nConstitución de la República;\r\n\r\n IV) Que se procedió de acuerdo al Decreto Constitucional Nº 3, artículo\r\n5º, de 1º de setiembre de 1976.\r\n\r\n Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por las Asesorías\r\nEconómico Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/8-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Apruébase la Modificación Presupuestal propuesta para el Ejercicio\r\n1983 para la Administración Municipal de Soriano (Intendencia y Junta de\r\nVecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 184.150.600,00 (nuevos pesos\r\nciento ochenta y cuatro millones ciento cincuenta mil seiscientos). Los\r\nmismos presentarán la siguiente composición:\r\n\r\n  1) Egresos (en miles de nuevos pesos)\r\n     Funcionamiento                     Vigente     Proyectado\r\n     Retribuciones personales          36.338,5      43.361,0\r\n     Benef. y cargas sociales            8.796,6     10.364,2\r\n                                        45.135,1      53.725,2\r\n     Gastos y Transferencias            18.591,1      24.883,4\r\n     Total Operativo                    63.726,2      78.608,6\r\n\r\n     Inversiones\r\n     Retribuciones personales            4.891,0       4.284,0\r\n     Benef. y cargas sociales              486,0         522,0\r\n     Rubros de gastos                   76.940,0     100.176,0\r\n     Total de inversiones               82.317,0     104.982,0\r\n     Junta de Vecinos                      490,5         560,0\r\n     Total                             146.533,7     184.150,6\r\n\r\n  2) Ingresos (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n     I) Impuestos\r\n     Cont. Inm. Urbana y Suburbana        3.950,0       4.000,0\r\n     Cont. Inm. Rural                    10.825,3      10.300,0\r\n     Patentes de rodados                 16.000,0      18.500,0\r\n    Venta y Remate Semovientes          15.847,3      19.900,0\r\n    Baldíos y Edif. inapropiadas           125,0         117,0\r\n    Sobre activ. Ind. y Comercial          823,0         860,0\r\n\r\n    II) Tasas\r\n    Administrativas                        415,0         380,0\r\n    Alumbrado y Salubridad                6450,0       6.900,0\r\n    Bromatológica                          550,0          700,0\r\n     Otras Tasas                           2.409,0      2.995,0\r\n\r\n     III) Precios                          9.344,5      11.700,0\r\n\r\n     IV) Contribución por mejoras             900,0     11.650.0\r\n\r\n     V) Recursos extraordinarios            3.820,0      5.151,0\r\n\r\n     VI) De origen nacional\r\n     Asist. Obras Defensa Inundaciones     75.000,0     84.479,0\r\n     Impuesto Combustibles                     74,6         74,6\r\n     Aportes Caminos Integ. (FIMTOP)            ___      6.436,0\r\n     Total                                 146.533,7   184.150,6\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    De no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos a\r\nefectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "    Comunicación, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JULIO CESAR RAPELA\r\n " 
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