Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Modifícanse los aforos para las exportaciones de lanas sucias; lanas
lavadas vellón; lanas lavadas barriga, cordero epidemia, puntas quemadas y descole; lanas peinadas y blousse; y desperdicios de peinaduría, dispuestos por el artículo 1º del Decreto Nº 714/972 de 3 de noviembre de 1972 y artículo 1º del Decreto Nº 375/973 de 29 de mayo de 1973.