Suspéndase hasta nueva disposición la exportación de todo tipo de cueros lanares secos, exceptuándose a las exportaciones en curso. Créase el Registro Nacional de Contrato de Cueros Lanares Industrializados quedando todas las empresas dedicadas al ramo obligadas a inscribirse.
Derogada/o por: Decreto Nº 801/974 de 10/10/1974 artículo 5.