{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "79" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y EL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/02/17/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/02/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/02/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 310 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto por el artículo 124 de la Ley Nº 18.046 de 24 de\r\noctubre de 2006 que autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a asumir\r\npasivos y recibir activos provenientes del Banco Hipotecario del Uruguay.\r\n\r\nRESULTANDO: que en el marco de aplicación de la referida norma se\r\ntransfieren al Ministerio de Economía y Finanzas pasivos que el BHU\r\nmantiene con el BROU, así como cuentas bancarias radicadas anteriormente\r\nen el BHU.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que se hace necesario que el Ministerio de Economía y\r\nFinanzas acuerde con una institución bancaria a efectos de viabilizar la\r\ngestión de los pasivos correspondientes a cuentas bancarias.\r\n\r\nII) que el Banco de la República Oriental del Uruguay como Institución\r\nbancaria oficial constituye el agente pertinente a esos efectos.\r\n\r\nIII) que como consecuencia de la transferencia el Ministerio de Economía y\r\nFinanzas asume pasivos con el BROU, tal como se expresa en el resultando\r\nde la presente resolución.\r\n\r\nIV) que se entiende conveniente proceder a acordar el procedimiento y\r\ncomisión que se debe abonar al BROU por los servicios asumidos.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/79-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase al Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Cr. Alvaro García, o\r\nal Sr. Subsecretario de Economía Ec. Andrés Masoller, en forma indistinta,\r\na suscribir el convenio con el Banco de la República Oriental del Uruguay\r\na efectos de de viabilizar la gestión de los pasivos radicados\r\nanteriormente en el BHU. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/79-2009#CONVENIO\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/79-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA \r\n " 
 }