{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "79" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "REQUISITOS PARA LA PERCEPCION DEL FONDO DE PARTICIPACION EN EL MTSS\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/03/10/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/02/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/03/1994" 
  ,"vistos" : "       Visto: Lo dispuesto en los decretos 344/993 y 345/993, de fecha 27\r\nde julio de 1993, reglamentarios del Art. 294 de la Ley 16.226, de fecha\r\n29 de octubre de 1991, y el Art. 567 de la Ley 16.170, del 28 de diciembre\r\nde 1990, en la redacción por el art. 439, de la ley 16.320 del 1º de abril\r\nde 1992.\r\n\r\n     Resultando: Que las normas referidas establecen entre los requisitos\r\nexigidos para percibir el Fondo de Participación creado por las Leyes\r\ncitadas, el de prestar funciones en la Secretaría de Estado, con una\r\nantigüedad mayor a un año.\r\n\r\n     Considerando: Que el referido requisito, genera una situación de\r\ninjusticia en aquellos casos en que se procede al llenado de vacantes, por\r\ncuanto vulnera el principio que indica que a iguales tareas corresponden\r\niguales remuneraciones.\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/79-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Establécese que el requisito de poseer un año de antigüedad efectiva en\r\nel cargo para acceder al Fondo de Participación, prevista en los Arts. 2\r\ndel Decreto 344/993, y 2 del Decreto 345/993, ambos de fecha 27 de julio\r\nde 1993, no se aplica a aquellos funcionarios que han ingresado e ingresen\r\na prestar funciones efectivas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad\r\nSocial como consecuencia del llamado a concurso para el llenado de\r\nvacantes. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/79-1994/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/79-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Notifíquese, publíquese, etc.  \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY\r\n " 
 }