{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "78" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE PRESTACION DE SERVICIOS ASISTENCIALES DE LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS A INSTITUCIONES PUBLICAS O PRIVADAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/03/10/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/02/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/03/1994" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/78-1994?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "       Visto: las gestiones realizadas por la Dirección Nacional de Sanidad\r\nde las Fuerzas Armadas a los efectos de que una vez cubiertas las\r\nnecesidades asistenciales relativas a sus usuarios se puedan también\r\nrealizar exámenes y servicios asistenciales que fueren solicitados por\r\notras Instituciones Públicas y aun con relación a terceros, percibiendo a\r\ncambio de los mismos una justa contraprestación  económica destinada al\r\nfuncionamiento de los servicios hospitalarios de la precitada Dirección\r\nNacional.\r\n\r\n     Considerando: I) que sobre la base previa y principal del\r\ncumplimiento de su misión legalmente asignada, esto es, la de suministrar\r\nefectivamente a los integrantes de las Fuerzas Armadas y a sus familiares\r\nla cobertura asistencial necesaria de acuerdo a la reglamentación en\r\nvigencia, dicha Dirección Nacional de Sanidad de la Fuerzas Armadas -a\r\ntravés de sus órganos dependientes- se encuentra en determinadas áreas\r\nasistenciales en condiciones de efectuar un mayor número de exámenes y\r\nprestaciones asistenciales.\r\n\r\n     II) que asimismo la prestación de asistencia referida permitirá\r\nobtener como contraprestación económica, fondos para un mejor\r\nfuncionamiento de sus servicios hospitalarios.\r\n\r\n     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la\r\nAsesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n     El Presidente de la República,\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/78-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase a la Dirección Nacional de Sanidad de la Fuerzas Armadas a\r\nrealizar respecto de otras Instituciones Públicas y/o privadas, exámenes\r\nmédicos y prestaciones de servicios asistenciales, abonándose a dicha\r\nDirección Nacional a cambio de ello, la suma que se establezca.  \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/78-1994/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/78-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Dichas prestaciones de exámenes y servicios asistenciales excedentes,\r\nsolo podrán efectuarse una vez cubiertas las necesidades de sus usuarios y\r\nel producto económico de los mismos serán destinados a gastos de\r\nfuncionamiento de su Hospital Central. " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/78-1994/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/78-1994/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, archívese.  \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " DANIEL HUGO MARTINS\r\n " 
 }