{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "78" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "ACTUALIZACION DE LA MULTA FIJADA POR EL CODIGO AERONAUTICO - ENERO 1978" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/02/16/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/02/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/02/1978" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Aviación Civil\r\ndel Uruguay a los efectos de actualizar las multas para infracciones\r\nestablecidas en el Código Aeronáutico (ley 14.305 del 29 de noviembre de\r\n1974).\r\n\r\n   Resultando: que de acuerdo a lo informado por la Dirección General de\r\nEstadística y Censos del Ministerio de Economía y Finanzas en el lapso\r\ncomprendido entre el 1º de enero y el 1º de octubre de 1977 el Indice de\r\nprecios de consumo experimentó un aumento del 47,70%.\r\n\r\n   Considerando: I) Que el artículo 193 del Código Aeronáutico dispone la\r\nactualización anual de las multas cuando la variación del monto obtenido\r\npor aplicación del mecanismo establecido por los artículos 332 y\r\nsiguientes de la ley 13.835 de fecha 7 de enero de 1970 difiera en más o\r\nmenos del 25% del monto vigente;\r\n\r\n   II) Que el decreto 114/977, aumentó el monto de las multas en 133.53%.\r\n\r\n   Atento: a los informes favorables emitidos por la Dirección General de\r\nAviación Civil del Uruguay, Dirección Financiero Contable y Asesor\r\nLetrado del Ministerio de Defensa Nacional,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/78-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : " Auméntase a partir del 1º de enero de 1978, la cuantía máxima vigente de\r\nlas multas previstas en el Código Aeronáutico (ley 14.305 del 29 de\r\nnoviembre de 1974, modificada por decreto 114/977 del 1º de marzo de 1977)\r\nen un 47,70% (cuarenta y siete con setenta por ciento). \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/78-1978/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/78-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : " Dése cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, publíquese y pase a la\r\nDirección General del Aviación Civil del Uruguay a sus efectos. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - WALTER RAVENNA - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }