{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "777" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE HORARIO PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL E INSTITUCIONES BANCARIAS Y ADELANTO DE LA HORA LEGAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/12/07/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/11/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/12/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 1384 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de ajustar los horarios en las reparticiones\r\ndependientes del Poder Ejecutivo y en las Instituciones Bancarias\r\nOficiales, Privadas y Departamentales para la temporada de verano.\r\n\r\n   Considerando: que es importante la adecuación de la hora legal, de\r\nforma tal que permita un mejor aprovechamiento y desenvolvimiento de la\r\nactividad nacional,\r\n\r\n      El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase el siguiente horario en las reparticiones dependientes del Poder\r\nEjecutivo en toda la República, para el período comprendido entre el 6 de\r\ndiciembre de 1976 y 6 de marzo de 1977, inclusive:\r\n\r\na) De 07.00 a 13.00 horas;\r\nb) De 07.00 a 15.00 horas, en el régimen de 8 horas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las Instituciones Bancarias Oficiales, ajustarán sus horarios de común\r\nacuerdo con el Banco Central del Uruguay, con las condiciones siguientes:\r\n\r\na) Un mínimo de dos horas de su horario, debe coincidir con el horario de\r\nla Administración Pública;\r\n\r\nb) En las zonas de turismo, se aplicarán un horario de atención al público\r\nque contemple, en la forma más conveniente sus necesidades e intereses.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Banca Privada, de común acuerdo con el Banco Central del Uruguay,\r\nfijará un horario único en todas sus reparticiones.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Organismos\r\nDepartamentales, ajustarán su horario a los vigentes en la Administración\r\nPública.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/5" 
 ,"textoArticulo" : "    A partir de la hora cero del día 19 de diciembre de 1976, se procederá\r\nal adelanto de sesenta minutos de la hora legal en toda la República, el\r\nque regirá hasta la hora cero del día 6 de marzo de 1977.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/777-1976/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - VALENTIN ARISMENDI -\r\nARMANDO CHIARINO AGUIRRE - DANIEL DARRACQ - EDUARDO SAMPSON - LUIS H.\r\nMEYER - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ANTONIO CAÑELLAS - JULIO EDUARDO\r\nAZNAREZ\r\n " 
 }