CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 7 TRANSPORTE MARITIMO. SUBGRUPO ESTIBA




Promulgación: 12/12/1985
Publicación: 23/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia y del presente decreto y 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
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