{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "770" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, CRA. DICIEMBRE 1979. ENERO 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/01/03/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/12/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/01/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 1947 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos\r\nprevistos por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n  Resultando: que el artículo 15 de la citada ley comete al Poder \r\nEjecutivo la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable con la\r\nfinalidad de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de\r\nalquiler.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por el Banco Hipotecario del Uruguay sobre la\r\nvariación del Indice Medio de Salarios elaborado por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos y la Asesoría Económico-Financiera del Ministerio\r\nde Economía y Finanzas,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/770-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de\r\ndiciembre de 1979, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley\r\n14.219, de 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 62,63 (sesenta y dos\r\nnuevos pesos con 63/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/770-1979/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/770-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "   De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo\r\ndispuesto por el artículo 15 de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 1980, se efectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1.7220.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/770-1979/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/770-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }