{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "77" 
  ,"anioNorma" : 2025 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CANELONES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2025/03/12/25" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/02/2025" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/03/2025" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la gestión de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), por la que solicita la designación para ser expropiado el padrón N° 3.285 (p), ubicado en la Localidad Catastral de Marindia, departamento de Canelones;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que dicho padrón se expropia a los efectos de servir de asiento de una Estación Reductora 60/15 kV con la finalidad de garantizar la calidad del servicio y respaldo de los suministros de la zona;\r\n\r\n   II) que el Departamento de Bienes Raíces de U.T.E., estimó para este predio un valor venal de U.I. 1.063.434 (unidades indexadas un millón sesenta y tres mil cuatrocientos treinta y cuatro con 00/100);\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que corresponde promover ante el Poder Ejecutivo la designación del padrón N° 3.285 (p), ubicado en la Localidad Catastral de Marindia, departamento de Canelones, para ser expropiado a favor de U.T.E.;\r\n\r\n   II) que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería, informa que no tiene observaciones que formular y sugiere proceder de acuerdo a lo solicitado;\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por la Ley N° 3.958, de 28 de marzo de 1912, y sus modificativas y los Decretos Leyes N° 14.694, de 1° de setiembre de 1977 y N° 15.031, de 4 julio de 1980, y a lo informado por la Dirección Nacional de Energía y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/77-2025/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.), el inmueble empadronado con el N° 3.285 (p), ubicado en la Localidad Catastral de Marindia, departamento de Canelones, que según plano de mensura N° 1656 del Departamento de Bienes Raíces de U.T.E., levantado por el Ing. Agrim. Federico M. Carabajal Amaral, el predio a adquirir consta de un área de 8.000 m², y tiene el siguiente deslinde: al sureste 80 metros de frente a la Ruta Interbalnearia, al suroeste 100 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285, al noroeste 80 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285 y al noreste 100 metros lindando con el resto del padrón N° 3.285.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/77-2025/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase urgente la toma de posesión del inmueble designado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/77-2025/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) habrá de hacer una reserva prudencial a los efectos de cubrir el monto de la indemnización que en definitiva deberá abonar y dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.027, de 17 de junio de 1980.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/77-2025/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - ELISA FACIO - AZUCENA ARBELECHE " 
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