{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "768" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE RESOLUCION GMC Nº 31/06. MERCOSUR\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/01/07/27" 
    ,"fechaPromulgacion" : "22/12/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/01/2009" 
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  ,"anio" : 2008 
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  ,"vistos" : " VISTO: la Resolución Nº 31/06 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: que, por la misma se aprobó el documento sobre Rotulado\r\nNutricional de Alimentos Envasados (Complementación de las Resoluciones\r\nGMC Nº 46/03 y Nº 47/03) y el Capítulo 1, Sección 4 del Reglamento\r\nBromatológico Nacional, Decreto Nº 315/994 de 5 de julio de 1994;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, el Decreto Nº 117/06, de 21 de abril de 2006,\r\ninternaliza las Resoluciones GMC Nº 46/03 y Nº 47/03 y complementa el\r\nCapítulo 1, Sección 4 del citado Decreto Nº 315/994;\r\n\r\nII) lo establecido en el Artículo 38º del Protocolo Adicional al Tratado\r\nde Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de\r\nOuro Preto -, aprobado por la Ley Nº 16.712 de 1º de septiembre de 1995,\r\npor el cual los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas\r\nnecesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de\r\nlas normas emanadas de los órganos correspondientes previstos en el\r\nArtículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nIII) que, es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en\r\nel VISTO;\r\n\r\nIV) que, el Departamento de Alimentos y Otros de la División Productos de\r\nSalud, la División Jurídico-Notarial y la Dirección General de la Salud\r\ndel Ministerio de Salud Pública, no formulan objeciones a lo solicitado;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Artículo 1º y\r\nsiguientes de la Ley Nº 9.202 - Orgánica de Salud Pública-, de 12 de enero\r\nde 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/768-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Adóptase la Resolución Nº 31/06 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por\r\nla que se aprobó el documento sobre \"Rotulado Nutricional de Alimentos\r\nEnvasados\", complementario del Capítulo 1, Sección 4 del Decreto Nº\r\n315/994, Reglamento Bromatológico Nacional, de acuerdo a lo dispuesto por\r\nel Artículo 5º del Decreto Nº 117/006 de 21 de abril de 2006, que se anexa\r\nal presente Decreto y forma parte integrante del mismo. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/768-2008/1\" >Texto</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/768-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, publíquese. " 
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  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIA JULIA MUÑOZ - GONZALO FERNANDEZ - DANIEL \r\nMARTINEZ " 
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