CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 4 BANCA. SUBCONSEJO BANCOS PRIVADOS




Promulgación: 24/11/1986
Publicación: 12/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Los Bancos Privados deberán otorgar a los empleados, antes del 15 de setiembre de 1986, un préstamo sin intereses por un importe de N$ 15.000.00. El mismo será reintegrado en 15 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de N$ 1.000.00, cada una, venciendo la primera de ellas en 
el mes de diciembre de 1987.
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