CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 4 BANCA. SUBCONSEJO BANCOS PRIVADOS




Promulgación: 24/11/1986
Publicación: 12/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   En forma adicional al aumento establecido precedentemente y con igual vigencia, los empleados de los Bancos Privados percibirán una mejora salarial del 4% aplicado sobre el sueldo mínimo, vigente al 31 de mayo de  1986, correspondiente a su categoría de acuerdo al decreto 331/985.
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