PRORROGA DE LAS NORMAS PRESUPUESTALES MUNICIPALES VIGENTES AL 1º DE SETIEMBRE DE 1976




Promulgación: 19/12/1979
Publicación: 01/02/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1920

Artículo 3

  La Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, que en función de lo dispuesto por el artículo 3º del citado decreto 82/979 debe coordinar los Grupos de Trabajo, referidos en el artículo anterior,
informará al Poder Ejecutivo antes del 31 de mayo de 1980 los resultados
y conclusiones obtenidas.
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